Resuelve TEQROO juicio de inconformidad

Cancún Quintana roo enero del 2015.- Con el voto unánime de los Magistrados y Magistrada integrantes del Pleno, en sesión pública realizada este 14 de enero del año en curso, se determinó declarar fundado el agravio  hecho valer por el partido actor denominado Partido Humanista, destacando el resolutivo la interpretación maximizadora que  calificó la presentación del medio de impugnación como presentada en tiempo.

 

En este contexto se salvaguardaron los derechos de los actores, realizando la interpretación más favorable al derecho fundamental de acceso efectivo a la jurisdicción, en observancia de los principios pro persona y pro actione.

 

Por otra parte, en cuanto al fondo del asunto, el proyecto presentado por la ponencia del Magistrado Presidente, Víctor V. Vivas Vivas, a quien se turnó este expediente, aprobado el resolutivo presentado por unanimidad -como se indica-, se propuso revocar la resolución impugnada y ordenar al Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo para que en el término de tres días dicte un nuevo acuerdo en el que distribuya el financiamiento público estatal para los partidos políticos con acreditación local, en los términos del artículo 51 de la Ley General de Partidos Políticos, declarando fundado el agravio relativo a la norma aplicable para la asignación de financiamiento público estatal a los partidos políticos nacionales de reciente acreditación en el ámbito local.

 

Al abundar el Magistrado Presidente Vivas Vivas sobre el criterio considerado para resolver este Juicio, subrayó la preeminencia de la Ley General de Partidos Políticos vigente a la fecha por sobre la Ley Electoral de Quintana Roo que fue la norma aplicada para el otorgamiento de recursos a éste partido de conformidad al artículo 86, el cual se contrapone a lo establecido por el artículo 51 de la Ley General de Partidos Políticos, al amparo del artículo noveno transitorio de ésta misma Ley que deroga todo lo que se oponga al decreto que la promulga.

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