Realiza Profepa operativos de inspección y vigilancia en playas de anidación de tortuga marina en Q Roo

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) llevó a cabo un operativo de inspección y vigilancia en las playas de anidación de tortuga marina –de las especies Blanca, Caguama y Carey, consideradas en Peligro de Extinción– con el propósito de identificar y prevenir ilícitos que afecten la reproducción de los quelonios.

 

Personal de Inspección y Vigilancia de la PROFEPA, en  coordinación con la Secretaría de Marina-Armada de México (SEMAR),  la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) y la Dirección de Ecología y Medio Ambiente del municipio de Puerto Morelos, recorrieron durante dos días, más de 16 kilómetros de playa.

 

Los días  7 y 8 de julio se efectuaron diversos recorridos  en las zonas de anidación de las tortugas marinas, comprendidas de Punta Brava a Punta Celis, así como de Petempich a Punta Caracol. Se recorrieron las Zonas Federales Marítimo Terrestres con el objeto de identificar y prevenir ilícitos.

 

Se encontraron aproximadamente 110 nidos de tortugas marinas de las especies de tortuga blanca y tortuga caguama, cuyas coordenadas fueron registradas para identificar su ubicación y estimar el número de nidadas durante la presente temporada.

 

Con estas actividades, y en apego a lo previsto en el Programa Nacional para la protección de las Tortugas Marinas, la PROFEPA ejecuta acciones para la protección de estos quelonios en la temporada de desove en el Estado de Quintana Roo, con el objetivo de prevenir saqueos de nidos y el aprovechamiento ilícito de los mismos.

 

Cabe recordar que en las playas del estado anidan tortugas marinas de las especies: Blanca (Chelonia mydas), Amarilla o Caguama (Caretta caretta) y Carey (Eretmochelys imbricata), catalogadas como en Peligro de Extinción (P) en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010.

 

Además, que de conformidad con lo previsto en la Ley General de Vida Silvestre y su reglamento, ningún ejemplar de tortuga marina, cualquiera que sea la especie, podrá ser sujeto de aprovechamiento extractivo, ya sea de subsistencia o comercial.

 

Las violaciones cometidas a la legislación en la materia podrán ser sancionadas con la imposición de una multa por el equivalente de 50 a 50,000 mil Unidades de Medida y Actualización vigente en la Ciudad de México.

 

También, que conforme a lo previsto en el artículo 418 del Código Penal Federal, dichas conductas pueden derivar en un delito penal y se podrá  imponer una pena de seis meses a nueve años de prisión.

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