Gana Cemda suspensión definitiva contra Tulum

Cancún.- El juzgado séptimo de distrito en Quintana Roo otorgó suspensión definitiva sobre el amparo del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda), que reclamó la inconstitucionalidad de la Ley Estatal de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, y contra el Programa Municipal de Ordenamiento Territorial, Ecológico y Desarrollo Urbano Sustentable del municipio de Tulum.


El 13 de agosto pasado, el juez Darío Alejandro Villa Arnaiz otorgó la suspensión definitiva para que las autoridades estatales se abstengan de expedir o autorizar asignación de destinos y usos de suelo en el Programa Municipal de Ordenamiento de Tulum hasta la resolución final de la demanda.


La decisión de la autoridad judicial sienta un precedente fundamental que puede impedir que en los otros 10 municipios de Quintana Roo se utilice ese instrumento para seguir modificando las densidades de suelo con fines de especulación inmobiliaria, sobre todo en la construcción de hoteles y complejos turísticos.


El 14 de mayo de 2021, habitantes de Tulum, con asesoría del Cemda presentaron un amparo contra la Ley de Asentamientos Humanos de Quintana Roo y la aplicación del Programa de Ordenamiento de Tulum porque “violan derechos fundamentales de la Constitución, como el de un medio ambiente sano, al agua”.


El amparo fue interpuesto contra el secretario de Gobierno, el Director del Periódico Oficial y el Congreso del estado, así como del municipio y del ayuntamiento de Tulum.


La Ley de Asentamientos Humanos fue expedida por el Congreso el 16 de mayo de 2018 y prevé la posibilidad de ordenar el territorio con diversos instrumentos de planeación, entre ellos programas municipales de ordenamiento. Posteriormente, el 31 de marzo fue publicado en el Periódico Oficial el de Tulum.


El proyecto prevé el ordenamiento ecológico desarrollado, resultando evidente la perspectiva de desarrollo urbano, no así el aspecto ambiental, lo que contradice principios y criterios fundamentales del derecho humano a un medio ambiente sano, consagrados en la Constitución y diversos tratados internacionales.


Tulum tiene manglares inscritos en la Convención Ramsar para la protección de humedales, en donde se albergan diversas especies de flora y fauna; además de cenotes y cuatro áreas naturales protegidas federales: Parque Nacional; Reserva de la Biosfera de Sian Ka’an; la de Arrecifes y la de la Biosfera Caribe Mexicano.


“Además de resulta “inconstitucional por violar el derecho a un medio ambiente sano, la ley impugnada también se opone al derecho al agua, pues las consecuencias de su aplicación pueden significar la alteración del suelo y los ecosistemas que alimentan el abastecimiento de la región, causando afectaciones a los habitantes de Tulum.”
La propia Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) desconoció al programa de Tulum como instrumento para planificación territorial y advirtió que “presenta graves faltas e incongruencias que propician el deterioro ambiental del municipio y de Quintana Roo”.


En la determinación se advierte que la suspensión definitiva fue otorgada pues “de no concederse, el acuerdo controvertido podría consumarse de manera irreparable”, lo que significa que se habrían consumado de forma irreparable daños al ambiente violatorios de los derechos humanos aludidos.

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