IEQROO establece parámetros para verificar cumplimiento de la medida ‘3 de 3 contra la violencia de género’ en candidaturas»

Chetumal. – Integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en sesión extraordinaria aprobaron, por unanimidad, los parámetros para verificar el cumplimiento de la medida «3 de 3 contra la violencia de género» de las candidaturas postuladas para contender en la elección de diputaciones locales y de ayuntamientos en el Proceso Electoral Local 2024.


Señalar que, el Instituto llevará a cabo la compulsa ante las autoridades correspondientes para la verificación del requisito de elegibilidad relacionado con la violencia contra las mujeres (Ley 3 de 3).”
De ahí que, este Consejo General estima dable establecer los parámetros para verificar el cumplimiento de la medida «3 de 3 contra la violencia de género» de las candidaturas postuladas para contender en la elección de diputaciones locales y de ayuntamientos en el Proceso Electoral Local 2024.


En este contexto, además de la revisión de la presentación de la declaración bajo protesta de decir verdad que no ha sido condenado por violencia política contra las mujeres en razón de género, por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal; contra la vida y la integridad corporal, feminicidio, la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual y no haber sido declarada como una persona deudora alimentaria morosa, el Instituto llevará a cabo una serie de acciones para verificar que las candidaturas no se encuentren en algunos de los supuestos anteriores.
En otro orden de ideas, este órgano colegiado aprobó por unanimidad, las ponderaciones anuales de las direcciones de Organización, de Partidos Políticos y de Cultura Política para efectos del resultado de la evaluación trianual del desempeño del personal del SPEN del sistema OPLE correspondiente al ciclo de septiembre 2023 a agosto de 2026, adscritos al Instituto Electoral de Quintana Roo.
Las evaluaciones anuales deberá tener una ponderación o valor asignado previo al inicio del ciclo trianual, conforme a las cargas de trabajo del cargo o puesto durante el ciclo trianual, es decir, se asignará una ponderación mayor a la evaluación del desempeño que corresponda al año en que el cargo o puesto realice una tarea de mayor relevancia o complejidad, en caso de cargas de trabajo homogéneas, las ponderaciones de cada año podrán ser iguales y la suma de las ponderaciones de las evaluaciones anuales deberá ser del 100%.

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