Aerolíneas tendran que pagar indemnización del 25% del boleto por demoras en sus vuelos

Cancún, Quintana Roo a 19 de abril de 2017.- México es un destino turístico reconocido en el mundo y Cancún es la estrella en la materia, con un aeropuerto internacional con la mejor conectividad internacional del país, y se conecta por aire con las principales ciudades de México.

 

“Millones de personas se desplazan dentro y fuera del territorio nacional por aire, y están obligados a respectar las políticas de las aerolíneas, por lo que ahora, estas empresas tendrán que respetar el tiempo de los usuarios”, comentó Mario Machuca Sánchez, diputado federal por Quintana Roo.

 

El tiempo en la actualidad es oro y la puntualidad es cultura, algo a los que se deben apegar las personas, por lo que ahora si los

vuelos se demoran por causas imputables a las aerolíneas, éstas tienen que compensar proporcionalmente a los pasajeros afectados, de acuerdo con las reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor aprobadas este martes en la Cámara de Diputados.

 

Dictamen de la iniciativa aprobado por unanimidad en San Lázaro, por lo que la minuta respectiva llegará en breve al Senado.

 

De esta forma la mayor indemnización aprobada se aplicará cuando la demora sea mayor a cuatro horas, caso en que los afectados recibirán la devolución del monto total del boleto  y una indemnización equivalente al 25% del valor del boleto.

 

“Hoy las aerolíneas tradicionales y las de bajo costo realizan ofertas competitivas con el transporte terrestre, y para cubrir las tarifas reales, cobran por elegir el asiento, llevar carriola, andadera para personas de la tercera edad, si se hizo la compra en línea, un seguro de vuelo y muchas cosas más”, comentó el legislador federal.

 

Con la reforma los permisionarios o concesionarios de aerolíneas estarán obligados a publicar, a través de medios electrónicos en el área de abordaje, las causas por las que los vuelos sean demorados o cancelados, porque cuando eso ocurre no dan explicaciones suficientes o convincentes, aunado a que ahora deberán informar a los pasajeros sus derecho y todo lo concerniente con los vuelos.

 

Otro de los beneficios para los usuarios, es que podrán transportar hasta 25 kilos sin costo alguno documentado y 10 en equipaje de mano, actualmente hay aerolíneas que juegan con los kilos y medidas de las maletas, y si hay un excedente en el peso, el costo por kilo es de 180 pesos en vuelos nacionales.

 

Dicho dictamen complementa las reformas a la Ley de Aviación Civil, que presentó la Comisión de Transporte y que fue aprobado con 422 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones.

 

“De esta forma aerolíneas y usuarios estarán un poco más equiparadas, porque los pasajeros estarán informados de la causa de la demora, y las empresas buscarán despegarán sus alas a la hora programada”, indicó Machuca Sánchez.

 

Actualmente una forma de protesta y queja de los pasajeros ante el silencio de las aerolíneas es mediante las redes sociales, donde muestran su sentir y frustración y enojo; y en otros casos la complacencia del servicio.

 

La aerolíneas una vez que apruebe el Senado el dictamen no podrán aplicar cargo alguno adicional a las personas con discapacidad, por el traslado de instrumentos inherentes a su condición, ni a los menores de dos años por la expedición de su boleto o la impresión de su pase de abordar.

 

Además el usuario podrá solicitar la devolución del importe de su boleto, en caso de que decida no efectuar el viaje, siempre y cuando lo comunique al permisionario o concesionario dentro de las 24 horas contadas a partir de la compra del boleto.

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