Aprueba documentación para elecciones a gobernador en Quintana Roo

Chetumal, viernes 17 de diciembre del 2021.– Integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en sesión extraordinaria, aprobaron los diseños generales de la documentación y material electoral a utilizarse en el Proceso Electoral Local 2021-2022, para la renovación de la gubernatura y diputaciones locales por el principio de Mayoría Relativa, luego de que la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral del INE revisó y validó los diseños y especificaciones técnicas de los documentos y materiales electorales del Instituto.

Resulta trascendental la aprobación de los documentos y material electoral, toda vez que representa el insumo necesario para el desarrollo de las actividades de la jornada electoral, como es la impresión y elaboración de dichos insumos que, a través de ellos, se garantizan las acciones que desarrollen los ciudadanos, los partidos políticos, las autoridades electorales y funcionarias o funcionarios de las Mesas Directivas de Casilla el día de la Jornada Electoral, que tendrá verificativo el día 5 de junio de 2022.

En otro punto del orden del día, el Consejo General del Instituto, determinaron respecto del dictamen emitido por la Dirección de Partidos Políticos, derivado de la solicitud de registro como partido político local del otrora partido político nacional Fuerza por México, en términos de lo dispuesto en el artículo 95, párrafo 5 de la ley general de partidos políticos.

En ese sentido, señalaron que viable que este Consejo General, apruebe el registro de Fuerza por México Quintana Roo, como partido político local, en términos de lo dispuesto en el numeral 15 de los Lineamientos, por lo que, a partir del 1 de enero de 2022, adquiere los derechos previstos en los artículos 23 de la Ley de partidos y 49 de la Ley local; las prerrogativas referidas en los artículos 26 de la Ley de Partidos y 52 de la Ley local; así como las obligaciones señaladas en los artículos 25 de la Ley de partidos y 51 de la Ley local y demás criterios aplicables.

Siguiendo con el orden del día, respecto del dictamen emitido por la Dirección de Partidos Políticos, derivado de la solicitud de registro como partido político local del otrora partido político nacional Encuentro Solidario, en términos de lo dispuesto en el artículo 95, párrafo 5 de la ley general de partidos políticos.

Al respecto, este Consejo General determinó que la solicitud de registro como partido político local realizada por el otrora partido político nacional Encuentro Solidario, resulta improcedente, al no cumplir con el porcentaje mínimo de votación válida, es decir, no alcanzó el porcentaje mínimo de al menos el 3 por ciento de la votación válida emitida en la elección federal correspondiente al año 2021.

En otro punto del orden del día, integrantes del Consejo General del Instituto emitieron los criterios y procedimientos a seguir en materia de paridad en el registro de candidaturas que se postulen para las elecciones de diputaciones y gubernatura en el Proceso Electoral Local 2021-2022.

En tal virtud, este Instituto como ente responsable de la protección de los derechos político electorales de la ciudadanía quintanarroense, y atendiendo al principio de legalidad, se encuentra obligado a ceñirse a los criterios de las autoridades jurisdiccionales en la materia electoral, dotando así de certeza jurídica cada uno de sus actos dentro y fuera de los procesos electorales.

En ese sentido, en caso de que los partidos políticos consideren postular a personas candidatas que se autoadscriban con el género distinto al que aparezca en su acta de nacimiento, podrán presentar cualquiera de los siguientes documentos con el objetivo de evitar suplantaciones de candidaturas de personas trans y en abono al principio de certeza al momento de su registro en alguna candidatura: solicitud de rectificación de acta de nacimiento, acta de nacimiento rectificada o corrección sexogenérica, elementos que demuestren que la comunidad en la que se desenvuelve le reconocen como hombre o mujer, según el género en el cual se autoadscribió, y/o cualquier otro elemento que permita presumir su autoadscripción de género.

Por lo tanto, es de referirse que se deberá prever en los Criterios de Registro de candidaturas la inclusión de un formato específico en el que las personas candidatas puedan manifestar, en su caso, su autoadscripción de género al momento de solicitar sus respectivos registros.

En consecuencia, este Consejo General determinó procedente, se realice las acciones necesarias para garantizar el principio constitucional de paridad de género e identidad sexual, apegados a los Criterios y procedimientos a seguir en materia de paridad en el registro de candidaturas en las fórmulas que se postulen para la elección de integrantes de diputaciones y gubernatura en el Proceso Electoral Local 2021-2022.

En otro punto del orden del día, el Consejo General del Instituto aprobó los criterios aplicables para el registro de candidaturas a la gubernatura y a las diputaciones locales por los principios de Mayoría Relativa y representación proporcional para el Proceso Electoral Local 2021-2022.

En ese sentido, la Dirección de Partidos Políticos del Instituto deberá observar los criterios y procedimientos establecidos en dicho ordenamiento al momento de desahogar las diligencias relativas al procedimiento de registro de candidaturas en el Proceso local. Al igual que lo relacionado a las acciones afirmativas indígenas y jóvenes.

Asimismo, deberán observar la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, establece que toda mujer podrá ejercer libre y plenamente sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales y contará con la total protección de esos derechos consagrados en los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos.

Es decir, las autoridades electorales están obligadas a evitar la afectación a los derechos políticos electorales por hechos u omisiones vinculadas con violencia política de género, lo que se traduce en la obligación de la autoridad de actuar para prevenir, sancionar y reparar una posible afectación de los derechos.

De ahí que, derivado de la reforma en materia de violencia política contra las mujeres por razón de género, así como de las determinaciones realizadas por el Instituto Nacional Electoral en la materia, es que este órgano electoral local, como autoridad de buena fe, determina que para la postulación y registro de las candidatas y los candidatos, deberán presentar de manera obligatoria una declaración bajo protesta de decir verdad que no ha sido condenado o sancionado por violencia familiar y/o doméstica, delitos sexuales y/o deudor alimentario, a efecto de verificar en el registro correspondiente que los interesados no se encuentran en este supuesto.

En otro punto del orden del día el Consejo General del Instituto por medio del cual se modificó la distribución del financiamiento público ordinario y de actividades específicas, para la obtención del voto y para el desarrollo de la estructura electoral, así como el monto que deberán destinar los institutos políticos para la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres, a otorgarse a los partidos políticos acreditados y registrados ante este órgano electoral durante el ejercicio presupuestal 2022, aprobado mediante el acuerdo IEQROO/CG/A-189-2021, derivado de lo resuelto por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral Federal, en el expediente SX-JRC-530/2021 y acumulado y del registro de Fuerza por México Quintana Roo como partido político local.

En ese sentido, se aprobó el financiamiento público para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes de cada uno de los partidos políticos con representación ante este órgano electoral, correspondiente al ejercicio anual 2022, por un total de $48,833,992.35 conforme a lo siguiente: PAN, $8,744,245.91; PRI, $6,555,745.19; PRD, $3,891,885.47; PVEM, $4,690,595.07; MC, $3,973,423.62; PT, $3,208,338.01; MORENA, $12,008,854.05; MAS, $3,807,545.33; Confianza por Quintana Roo, $976,679.85 y Fuerza por México Quintana Roo, $976,679.85.

Asimismo, se aprobó el financiamiento público para actividades específicas de cada uno de los partidos políticos con representación ante este órgano electoral, correspondiente al ejercicio anual 2022 por un monto total de $1,465,019.77, conforme a lo siguiente: PAN, $262,270.04; PRI, $193,879.39; PRD, $110,633.77; PVEM, $135,593.45; MC, $113,181.84; PT, $89,272.91; MORENA, $364,289.04; MAS, $107,998.15; Confianza por Quintana Roo, $43,950.59 y Fuerza por México Quintana Roo, $43,950.59.

También se aprobaron los montos mínimos del financiamiento público que deberán destinar los partidos políticos para la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres, en el ejercicio anual 2022 por un monto total de $976,679.85, conforme a lo siguiente: PAN, $174,884.92; PRI, $131,114.90; PRD, $77,837.71; PVEM, $93,811.90; MC, $79,468.47; PT, $64,166.76; MORENA, $240,177.08; MAS, $76,150.91; Confianza por Quintana Roo, y Fuerza por México Quintana Roo cada uno con $19,533.60.

Asimismo, se aprobó el financiamiento público para la obtención del voto que le corresponderá a cada uno de los partidos políticos con representación ante este órgano electoral, correspondiente al ejercicio anual 2022 por un monto total de $24,416,996.16, conforme a lo siguiente: PAN, $4,372,122.95; PRI, $3,277,872.60; PRD, $1,945,942.74; PVEM, $2,345,297.54; MC, $1,986,711.81; PT, $1,604,169.00; MORENA, $6,004,427.02; MAS, $1,903,772.66; Confianza por Quintana Roo y Fuerza por México Quintana Roo con $488,339.92 cada uno.

En ese mismo tenor, se aprobó el financiamiento público para el desarrollo de la estructura electoral correspondiente a cada uno de los partidos políticos con representación ante este órgano electoral, correspondiente al ejercicio anual 2022 por un monto total de $9,844,932.85, conforme a lo siguiente: PAN, $2,095,866.66; PRI, $1,439,316.44; PRD, $640,158.52; PVEM, $879,771.40; MC, $664,619.97; PT, $435,094.28; MORENA, $3,075,249.10 y MAS $614,856.48.

En otro punto del orden del día, integrantes de este órgano colegiado aprobaron modificar los topes de gastos de campaña y precampaña de la elección a la gubernatura y a las diputaciones locales, que deberán observar los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y candidaturas independientes en el Proceso Electoral Local 2021-2022, establecidos en el acuerdo IEQROO/CG/A-190-2021, derivado de lo resuelto por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral Federal, en el expediente SX-JRC-530/2021 y acumulado y del registro de Fuerza por México Quintana Roo, como partido político local.

Se aprobó la modificación de los topes de gastos de campaña que deberán observar los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes, candidatas y candidatos independientes para la elección de la gubernatura, para el Proceso Electoral Local 2021-2022, el tope de gasto de campaña para la gubernatura será de $18,013,281.06.

Así también se aprobó la modificación de los topes de gastos de precampaña que deberán observar las y los precandidatos y las y los aspirantes a candidaturas independientes para la elección de la gubernatura para el Proceso Electoral Local 2021-2022, el tope de gasto de precampaña para la gubernatura será de $3,602,656.21.

En ese mismo tenor se aprobó la modificación de los topes de gastos de campaña que deberán observar los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes, candidatas y candidatos independientes para la elección de las diputaciones, para el Proceso Electoral Local 2021-2022, conforme a lo siguiente: Distrito 1, $1,260,061.61; Distrito 2, $1,827,221.81; Distrito 3, $1,082,110.15; Distrito 4, $879,035.17; Distrito 5, $1,017,544.06; Distrito 6, $951,591.37; Distrito 7, $1,302,085.17; Distrito 8, $1,137,162.25; Distrito 9, $2,429,211.74; Distrito 10, $1,198,419.73; Distrito 11, $949,106.47; Distrito 12, $934,869.81; Distrito 13, $1,022,060.80; Distrito 14, $952,772.03 y Distrito 15, $1,070,028.89.

De igual forma se aprobó la modificación de los topes de gastos de precampaña que deberán observar las y los precandidatos y las y los aspirantes a candidaturas independientes para la elección de las diputaciones para el Proceso Electoral Local 2021-2022, conforme a lo siguiente: Distrito 1; $252,012.32; Distrito 2, $365,444.36; Distrito 3, $216,422.03; Distrito 4, $175,807.03; Distrito 5, $203,508.81; Distrito 6, $190,318.27; Distrito 7, $260,417.04; Distrito 8, $227,432.45; Distrito 9, $485,842.35; Distrito 10, $239,683.95; Distrito 11, $189,821.29; Distrito 12, $186,973.96; Distrito 13, $204,412.16; Distrito 14, $190,554.41 y Distrito 15, $214,005.78.

Siguiendo con el orden del día, el Consejo General del IEQROO determinó los límites de financiamiento privado que podrán recibir los partidos políticos de sus militantes y simpatizantes, así como las aportaciones de las y los precandidatos, candidatos y aspirantes a candidaturas independientes, durante el ejercicio 2022.

El órgano colegiado del Instituto, aprobó el límite de las aportaciones o cuotas individuales y obligatorias, ordinarias y extraordinarias, en dinero o en especie que cada partido político podrá recibir en el año 2022 de sus militantes en su conjunto, será la cantidad de $29,300,395.40 (veintinueve millones trescientos mil trescientos noventa y cinco pesos con cuarenta centavos).

De igual forma aprobó el límite de las aportaciones de las y los candidatos que cada partido político podrá recibir durante el año 2022, será por la cantidad de $3,662,549.42 (tres millones seiscientos sesenta y dos mil quinientos cuarenta y nueve pesos con cuarenta y dos centavos).

Asimismo se aprobó el límite de las aportaciones voluntarias y personales, en dinero o en especie que cada partido político podrá recibir en el año 2022 de sus simpatizantes en su conjunto, de manera anual, será la cantidad de $444,859.25 (cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y nueve pesos con veinticinco centavos).
También se aprobó el límite de las aportaciones voluntarias y personales, en dinero o en especie que cada partido político podrá recibir en el año 2022 de sus simpatizantes de manera individual y anual será la cantidad de $22,242.96 (veintidós mil doscientos cuarenta y dos pesos con noventa y seis centavos).

Se determina que el límite de aportaciones de cada aspirante a candidaturas independientes en la etapa de respaldo ciudadano, estará sujeta al tope de gastos de precampaña del Proceso Electoral Local 2021-2022, correspondiendo a los montos que se señalan a continuación: correspondiendo a los montos que se señalan a continuación: límite de aportaciones de las y los aspirantes a candidaturas independientes para la elección de la gubernatura es de $3,602,656.21.

En tanto los límites de aportaciones de las y los aspirantes a candidaturas independientes para la elección de las diputaciones locales es de Distrito 1; $252,012.32; Distrito 2, $365,444.36; Distrito 3, $216,422.03; Distrito 4, $175,807.03; Distrito 5, $203,508.81; Distrito 6, $190,318.27; Distrito 7, $260,417.04; Distrito 8, $227,432.45; Distrito 9, $485,842.35; Distrito 10, $239,683.95; Distrito 11, $189,821.29; Distrito 12, $186,973.96; Distrito 13, $204,412.16; Distrito 14, $190,554.41 y Distrito 15, $214,005.78.

Pasando a otro punto del orden del día, el Consejo General del IEQROO, aprobó el convenio de apoyo y colaboración que celebran el Instituto Electoral de Quintana Roo y el Ayuntamiento del municipio de Benito Juárez para coadyuvar en la elección de la titularidad de la delegación de Alfredo V. Bonfil.

De igual forma, el Consejo General aprobó el contenido y la impresión del cuadríptico “Información básica para las y los ciudadanos sorteados”, que se utilizará en el Proceso Electoral Local 2021-2022, asimismo, se aprobó el contenido de la guía temática para capacitar a las y los observadores electorales, que se utilizará en el Proceso Electoral Local 2021-2022 y en el último punto del día, el Consejo General del Instituto atendió la consulta realizada por el ciudadano Rigoberto Magdiel Velázquez Polanco, en su calidad de representante propietario del Partido del Trabajo.

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