Sala Xalapa da la razón a la dirigencia de Morena y Laura Beristain

Viernes 10 de septiembre del 2021.- Sala Xalapa del TEPJF revoca resolución del Teqroo por supuesta calumnia electoral al Gobernador Carlos Joaquín González por parte de Mario Delgado, Minerva Citlalli Hernández Mora y Laura Beristain. “El pleno de la Sala determinó revocar la resolución al declarar sustancialmente fundados los agravios presentados por la parte actora, debido a que el TEQroo de manera genérica y errónea, concluyó que las publicaciones de Twitter fueron acreditadas como calumnias a pesar de que no reúnen el elemento subjetivo para ser consideradas como tal”. “En ese sentido se dejaron sin efectos la amonestación pública impuesta a los ahora actores, y se dejaron insubsistentes las vistas ordenadas en la sentencia que se revocó”

La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electora del Poder Judicial de la Federación revocó la sentencia del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) que declaró la existencia de actos de calumnia en contra del Gobernador Carlos Joaquín de Quintana Roo, derivados de diversas publicaciones realizadas en redes sociales atribuidas al representante propietario del partido político Morena ante el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, al presidente y a la secretaria general del Comité Ejecutivo Nacional de citado instituto político y a la otrora candidata a la presidencia municipal de Solidaridad, postulada por la Coalición “Juntos haremos Historia en Quintana Roo”.

“Doy cuenta ahora con los juicios electorales 191, 192, 193 y 194 de este año promovidos por Morena por conducto de su representante propietario ante el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, Mario Martín Delgado Carrillo y Minerva Citlali Hernández Mora respectivamente quienes acuden por su propio derecho y en su calidad de presidente y Secretaria General respectivamente del Comité Ejecutivo Nacional de citado instituto político, así como Laura Esther Beristain Navarrete ostentándose como otrora candidata a la presidencia municipal de Solidaridad – Quintana Roo por la coalición Juntos Haremos Historia en Quintana Roo, todos ellos contra la sentencia dictada por el Instituto Electoral de Quintana Roo dentro del procedimiento especial sancionador 73-2021 que entre otras cuestiones declaró la existencia de las conductas atribuidas a la parte actora” (inaudible) “Vigilando publicaciones en diversas redes sociales con las que se calumnió a Carlos Manuel Joaquín González en su calidad de Gobernador en la citada entidad federativa”, expresó uno de los Magistrados.

“El estima de la ponencia, las alegaciones en la parte actora consistentes entre el Tribunal responsable incurrió en diversas irregularidades al emitir la resolución controvertida en esencia por vulneración a la libertad de expresión, resultan sustancialmente fundadas, ello porque de acuerdo con la línea jurisprudencial de este tribunal para que se acredite propaganda calumniosa deben colmarse los elementos; objetivo y subjetivo, así como su circulación con un proceso electoral, el caso se considera que no se acredita la infracción denunciada dado que no se cumple con elementos subjetivo de la calumnia pues el núcleo esencial de las expresiones que fueron denunciadas como calumniosas se refieren expresamente a la defensa del sufragio expresado en las urnas con motivo de la elección del municipio de Solidaridad, erigiéndose así en un tema de interés para la sociedad y el Estado de Quintana Roo en general y a la ciudadanía en Solidaridad en particular, en ese sentido, a juicio de la ponencia las expresiones denunciadas se realizaron en el marco del debate público acerca de temas de interés general, como lo es el resultado de una elección y en calidad de dicho proceso electoral y no a sabiendas de su falsedad y con la intención de dañar, por tanto debe privilegiarse el debate democrático amparado por el derecho a la libertad de expresión.

En consecuencia se propone revocar lisa y llanamente la resolución impunganda y dejar sin efectos la amonestación pública impuesta a los ahora actores y dejar a insubsistentes las fechas ordenadas a la Fiscalía General de la República y del Estado de Quintana Roo”, sentenció el Magistrado en su ponencia.

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