Propone Edgar Gasca considerar el odio como agravante en delitos de lesiones y homicidio

Chetumal, Quintana Roo a 02 de marzo de 2021.– El diputado Edgar Humberto Gasca Arceo, presidente de la Comisión de Salud y Asistencia Social del Congreso del Estado, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal de Quintana Roo para incluir al odio como una agravante de los delitos de lesiones y homicidio.


La propuesta plantea reformas a los artículos 103 y 106 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo y se presenta en el marco del Día Internacional de la Cero Discriminación, que se conmemoró este 01 de marzo.


Se trata de una iniciativa que no solo se pretende agravar las penas con base en conductas delictivas en contra de la diversidad de pensamiento, etnia, ideología o sexualidad y sus colectivos, sino que además se propone la creación de un protocolo de actuación e investigación que permita una adecuada protección de las víctimas.


Edgar Gasca indicó que, dada la existencia de grupos de la población en situación de vulnerabilidad y víctimas del delito, es muy importante que se realicen las acciones afirmativas necesarias, desde el ámbito de la procuración y administración de justicia.


El presidente de la Comisión de Salud y Asistencia Social de la Decimosexta Legislatura agregó que a través de este proyecto legislativo se busca sancionar penalmente con mayor rigor y gravedad las lesiones, “así como los homicidios de odio y la violencia contra las comunidades de diversidad de todo tipo en el estado de Quintana Roo”.


Edgar Gasca, expresó que la pluralidad, constituye importantes diferencias en la interacción humana, sin embargo, ser diferente no debe ser un motivo para ser insultado o vejado, “debemos aspirar a vivir en un entorno de paz y de plena tolerancia, donde se respeten las distintas visiones, las ideas y las formas de actuar”.


El discurso de odio, puede entenderse como todas aquellas palabras o expresiones que difunden ideas de superioridad o inferioridad, o que intentan justificar la violencia, el odio o la discriminación contra personas, comunidades o grupos de personas basada en las características personales que les identifican a éstas, así como la incitación a todo lo anterior.


Agregó que la Organización de las Naciones Unidas se ha sumado a la labor y de la importancia de entender a los crímenes de odio como fenómeno mundial y desde una perspectiva local, reside en la necesidad de prever las conductas “de odio” en la legislación local.


La Secretaría de Relaciones Exteriores del Gobierno de México, define los tipos de delitos de odio existentes en los siguientes rubros:  Raza, Etnia, Nacionalidad, Religión, Género, Identidad de Género, Orientación sexual y Discapacidad.


Consideramos en esta iniciativa que los delitos de odio son todos aquellos actos materiales concretos, tales como lesiones, homicidio, amenazas, ataques a la dignidad de las personas y cualquier acto criminal, tipificado como delito, en contra de las personas, sus propiedades y/o posesiones contra las personas, comunidades y grupos antes referidos, suscitados a causa de prejuicio, intolerancia, rechazo, desprecio o discriminación.
 

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