Asegura @FonaturMX que en el caso Tajamar aún falta la sentencia del Tribunal de Distrito

Derivado de la Sentencia de Amparo resuelta por el Tercer Tribunal Colegiado de Quintana Roo en contra de la Semarnat relacionada con el proyecto Malecón Tajamar,  es importante manifestar que Fonatur no fue señalado como Autoridad Responsable de este procedimiento y que el amparo fue motivado por las actividades de remoción de vegetación llevadas a cabo por la empresa BI and DI  en julio del año 2015, manifestó la dependencia federal en un comunicado.

 

En la Sentencia dictada por el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto Distrito, no existe ninguna mención o referencia a las actividades realizadas por Fonatur en la zona en enero del 2016.

 

“Cabe señalar que aún cuando el proyecto Malecón tajamar fue diseñado estructurado tramitado y comercializado en administraciones anteriores esta administración continuará con el cumplimiento de su responsabilidad institucional para hacer uso de los mecanismos técnicos y legales existentes para procurar el mejor desarrollo del proyecto”.

 

En ese sentido, aún se encuentra pendiente la determinación final de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el procedimiento, que sobre la misma materia decidió a traer la corte en mayo del 2017.

 

Cabe señalar que así como se ha venido informando, la empresa BI and DI  fue demandada por Fonatur en agosto del 2015, precisamente por la realización de actividades de remoción de vegetación, que no sea pegaron enteramente a los términos y condicionantes de las autorizaciones vigentes.

 

De la misma forma la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, ha determinado emitir una Resolución Administrativa sancionando a la empresa BI and DI en virtud de sus actividades y regulares de julio del  2015,  al tiempo que consideró también mediante Resolución Administrativa absolver a  Fonatur una vez que  concluyó el procedimiento derivados de las actividades realizadas por Fonatur en enero del 2016 por haberse acreditado ante la autoridad ambiental,  que Fonatur cumplió cabalmente con todos sus términos y condicionantes.

 

Por lo anterior informamos y recordamos que ni en este Amparo ni en ningún otro procedimiento de carácter judicial o administrativo se ha determinado que Fonatur haya actuado de forma irregular. Muy por el contrario en todos los procesos en los que Fonatur ha sido responsable se ha sostenido la legalidad de sus actuaciones.

 

 

Fonatur reitera su compromiso con el medio ambiente y que a lo largo de sus 43 años ha demostrado que en Cancún y en sus diversos destinos ha creado desarrollos basados en una política de sustentabilidad que le ha permitido generar enormes beneficios para el desarrollo local regional y nacional.

Boletín original.

 

 

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