Candidatos deberán contar con el apoyo mínimo de 32 mil ciudadanos; IEQROO

Chetumal.- El Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, aprobó el mínimo de manifestaciones de respaldo ciudadano equivalente al 3 % del padrón electoral con corte al 31 de diciembre del año 2015, que deberán acreditar los aspirantes a candidatos independientes, que deseen obtener la declaratoria de derecho a registrarse como candidatos independientes, para el proceso electoral local ordinario 2016.

En términos de lo anterior y conforme al padrón electoral con corte al 31 de diciembre de 2015, otorgado por el Registro Federal de Electores del Instituto Nacional Electoral a la Dirección de Organización de este Instituto, se tiene que el mínimo de manifestaciones a obtener para alcanzar la declaratoria de derecho para ser registrado como candidato independiente de acuerdo a la modalidad de elección, son las siguientes:

Número de manifestaciones de respaldo ciudadano para Gobernador: 32,651; Diputados por el principio de MR, Dto. I, Kantunilkín: 2,289; Dto. II, Cancún: 2,429; Dto. III Cancún: 1,856; Dto. IV, Cancún: 1,902; Dto. V, Cancún: 2,328; Dto. VI, Cancún: 2,042; Dto. VII, Cancún: 2,160; Dto. VIII, Cancún: 2,160; Dto. IX, Tulum: 3,295; Dto. X, Playa del Carmen: 2,401; Dto. XI, Cozumel: 1,928; Dto. XII, Felipe Carrillo Puerto: 1,757; Dto. XIII, Bacalar: 1993; Dto. XIV, Chetumal: 2,044 y Dto. XV, Chetumal: 2,067. Para un total de 32,651.

Para miembros de los Ayuntamientos en Othón P. Blanco: 4,849; Bacalar: 824; José María Morelos: 720; Felipe Carrillo Puerto: 1,468; Tulum: 754; Solidaridad: 4,943; Cozumel: 1,928; Puerto Morelos: 423; Benito Juárez: 15,599; Isla Mujeres: 571 y Lázaro Cárdenas: 572. Para un total de 32,651.

En este sentido se establece que la obtención del respaldo ciudadano en las modalidades de miembros de Gobernador, Miembros de los Ayuntamientos y Diputados, se realizará en los siguientes periodos: Gobernador del 28 de febrero al 17 de marzo; Miembros de los Ayuntamientos del 8 al 21 de marzo y Diputados de Mayoría Relativa del 14 al 25 de marzo.

Cabe señalar que para el caso de Gobernador, se registrará únicamente el ciudadano interesado, para miembros de los Ayuntamientos se registrarán por planilla de propietarios y suplentes (Presidente, Síndico y Regidores). Si el número de integrantes de la planilla es impar, el número mayoritario deberá corresponder al género femenino.

Y para Diputados se registrarán por formula de propietario y suplente, considerando que, si el propietario es del género masculino, el suplente podrá ser de cualquier género, pero si la propietaria es del género femenino su suplente deberá del mismo género.

Las manifestaciones de respaldo ciudadano, según el tipo de cargo al que se aspire, se recibirán en los inmuebles aprobados como sedes de los Consejos Distritales y Municipales.

Asimismo, los ciudadanos que deseen manifestar su respaldo o apoyo para determinado aspirante a candidato independiente, deberán comparecer personalmente en los inmuebles referidos y presentar su credencial para votar vigente en original y copia, requisitar el formato aprobado por el Instituto.

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