Cancún será sede de la COP13
*Metas de Aichi. Se basan en 5 objetivos estratégicos:
1. Objetivo estratégico A: abordar las causas subyacentes de la pérdida de la diversidad biológica mediante la incorporación de la diversidad biológica en todo el gobierno y la sociedad.
2. Objetivo estratégico B: reducir las presiones directas sobre la diversidad biológica y promover la utilización sostenible
3. Objetivo estratégico C: mejorar la situación de la diversidad biológica salvaguardando los ecosistemas, las especies y la diversidad genética
4. Objetivo estratégico D: aumentar los beneficios de los servicios de la diversidad biológica y los ecosistemas para todos
5. Objetivo estratégico E: mejorar la aplicación a través de la planificación participativa, la gestión de los conocimientos y la creación de capacidad
México se comprometió para el 2018 decretar como Área Natural Protegida el 17% de su superficie terrestre y el 10% de los mares.
El Convenio sobre la Diversidad Biológica tiene dos Protocolos, uno de ellos con un Protocolo suplementario:
1. El Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología entró en vigor el 11 de septiembre de 2003.México ratificó este instrumento el 30 de abril de 2002. El Protocolo de Cartagena promueve la seguridad de la biotecnología mediante el establecimiento de normas y procedimientos prácticos para la transferencia, manipulación y utilización de organismos genéticamente modificados, con especial atención a reglamentar los movimientos de estos organismos a través de las fronteras, de un país a otro.
o El Protocolo de Nagoya – Kuala Lumpur sobre responsabilidad y compensación suplementaria al Protocolo de Cartagena, tiene como objetivo contribuir a la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, proporcionando normas y procedimientos internacionales en la esfera de la responsabilidad y compensación en relación con los organismos vivos modificados. México lo ratificó el 26 de septiembre de 2012. Aún no entra en vigor.
2. El Protocolo de Nagoya sobre el Acceso a los Recursos Genéticos y la Participación Justa y Equitativa en los Beneficios Derivados de su Utilización, entró en vigor el 12 de octubre de 2014, tiene por objeto compartir los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos en forma justa y equitativa, que comprende acceder adecuadamente a esos recursos y una transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre dichos recursos y tecnologías y, mediante una financiación apropiada, contribuyendo así a la conservación de la diversidad biológica y a la utilización sostenible de sus componentes. México lo ratificó el 16 de mayo de 2012.