Juez 4to niega la suspensión definitiva a Barcos Caribe
El Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Quintana Roo negó la suspensión definitiva solicitada por la empresa Impulsora Marítima de Quintana Roo y del Caribe, S.A. de C.V., respecto a la Clausura Total Temporal a un módulo para venta de boletos e información turística, ubicado en la 1ª Avenida Sur, esquina calle 1 Sur Bis, Colonia Centro, en el Municipio de Solidaridad.
El Juez federal precisó que la medida cautelar impuesta por la PROFEPA a la empresa (Clausura Total Temporal) tiene como finalidad sancionar una infracción al medio ambiente cometida en el lugar, el cual es reconocido como derecho humano reconocido por la Constitución.
En ese sentido, la empresa debe ceder al interés de la sociedad a tener un medio ambiente adecuado para el desarrollo y bienestar de las personas.
Cabe señalar que la compañía Impulsora Marítima de Quintana Roo y del Caribe, S.A. de C.V., únicamente presentó a la PROFEPA, para realizar la venta de boletos e información turística en el establecimiento donde opera la sociedad, una copia certificada de la licencia de funcionamiento expedida por el Ayuntamiento del Municipio de Solidaridad, Quintana Roo, con vigencia al 31 de diciembre de 2016.
Durante la visita de inspección que dio lugar a la clausura, se constató la construcción de un módulo con una superficie de 27 m2 con estructura de aluminio, piso de concreto, paredes recubiertas de acrílico, de una altura aproximada de 2.5 metros, techos de plafón con lona de vinil, y al interior un mostrador cubierto de granito color verde oscuro con una altura de 1.5 m, despegado del suelo.
Al momento de la realizarse las actuaciones de los inspectores federales, el visitado no exhibió la autorización en materia de impacto ambiental que expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) para el módulo que se encuentra operando en la zona inspeccionada.
Por lo anterior, la Delegación de la PROFEPA en Quintana Roo determinó imponer, como medida de seguridad, la Clausura Total Temporal de la obra hasta en tanto el inspeccionado acredite contar con la autorización o exención en materia de impacto ambiental.