Tribunal Federal da la razón a Profepa en caso de Fonatur – Tajamar

La Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación  del Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la validez y legalidad de la resolución emitida el 30 de mayo del 2016, mediante la cual la Dirección General de Impacto Ambiental y Zona Federal Marítimo Terrestre de la PROFEPA determinó que FONATUR removió vegetación natural al amparo de una autorización vigente al momento en el que ocurrieron los  hechos. Dicha autorización fue emitida en materia de impacto ambiental por la SEMARNAT para el Anteproyecto Malecón Cancún (TAJAMAR).

 

La Sala Especializada consideró que los argumentos que formuló la persona que impugnó el resolutivo favorable a FONATUR, resultaron ineficaces para demostrar una ilegalidad.

 

Cabe señalar que dentro del mismo proyecto de TAJAMAR, esta Procuraduría Federal sancionó a la empresa Bi & Di Real Estate de México, por 6.6 millones de pesos, tras encontrarla responsable de remover vegetación forestal en predios del Malecón, sin contar con las autorizaciones correspondientes para las actividades de remoción.

 

El reconocimiento de la actuación legal de la PROFEPA fue resuelto sin menoscabo del pronunciamiento que un Tribunal Colegiado de Circuito en Quintana Roo formuló, concediendo un amparo a un grupo de ciudadanos en contra de la autorización expedida por la SEMARNAT, así como el mandamiento de reparar los daños ambientales ocasionados en el predio del Anteproyecto Malecón Cancún.

Foto de archivo

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