PROFEPA y PGR aseguran a 5 loros cabeza amarilla hallados en el mercado 28 de Cancún

Cancún,  Quintana Roo,  a 14 de Mayo de 2015.-  En coadyuvancia con la PGR, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) realizó el peritaje para identificar 5 loros cabeza amarilla (Amazona oratrix) que fueron asegurados por la Policía municipal de Benito Juárez, Quintana Roo en el sitio denominado “Mercado 28”.

La Delegación Federal de la PROFEPA en el estado informó que la persona que tenía a los ejemplares de vida silvestre en su poder fue puesta a disposición del Ministerio Público Federal (MPF), toda vez que pretendía vender a las aves, de aproximadamente un mes de nacidas, a 300 pesos cada una.

Al realizar un recorrido de rutina, elementos de la Policía municipal de Benito Juárez detectaron en el lugar conocido como “Mercado 28” a un individuo que transportaba 5 loros de aproximadamente un mes de nacidos, los cuales pretendía vender a 300 pesos cada uno, en Cancún.

En consecuencia, los elementos policiacos remitieron al Ministerio Público Federal al sujeto que transportaba las aves. Posteriormente, el MPF solicitó el apoyo de los inspectores de la PROFEPA adscritos en la entidad, con el fin de que éstos identificaran a las aves en comento.

Los loros quedaron bajo resguardo de la PROFEPA y serán trasladados a una Unidad de Manejo para la Conservación de la vida silvestre (UMA) ubicada en Puerto Morelos, municipio de Benito Juárez, a fin de que reciban atención médica ya que por su corta edad y el manejo inadecuado al que fueron sometidos se encuentran débiles.

El loro cabeza amarilla se encuentra enlistado en la NOM-059- SEMARNAT-2010, en la categoría ‘En peligro de extinción’ (P).

Además, cabe recordar que ningún ejemplar de ave correspondiente a la familia Psittacidae o psitácido (loros, pericos y guacamayas), cuya distribución natural sea dentro del territorio nacional, puede ser sujeto de aprovechamiento extractivo con fines de subsistencia o comerciales.

Es decir, por ser especies catalogadas en situación de riesgo, está prohibida su extracción del medio silvestre, así como la posesión y el comercio de las mismas.

El artículo 420 fracción cuarta del Código Penal Federal establece que el tráfico ilegal de ejemplares es un delito que se castiga con pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa, y se aplica una pena adicional hasta de tres años más de prisión y hasta mil días multa adicionales, cuando las conductas descritas se realicen con fines comerciales.

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